martes, 19 de febrero de 2013

Parénme pelotas, que las vengo pegando todas!!


Fin de la Fiesta

Asdrúbal Romero M.

Supongamos una familia que depende exclusivamente del ingreso del padre, diez mil bolívares mensuales, pero gasta por encima de ese monto: el doble. ¡Cómo! El padre ha instituido un mecanismo que le permite atender los requerimientos extras de cualquiera de la familia: le expide un cheque contra una línea de crédito que tiene en un banco. Es decir: se endeuda. ¿Hacia dónde va esa familia en lo económico? ¿Cuánto puede durar esa situación?
Creo que cualquiera podría responder tales interrogantes sin saber mucho de economía. Pues bien, el SITME se corresponde exactamente con esa sencilla imagen que hemos construido a nivel familiar. Por supuesto, para trasladar el ejemplo al ámbito del país, es necesario aclarar que hablamos en términos de ingresos y gastos en divisas -¡dólares!-. Cuando una empresa recurría al SITME: compraba en bolívares al precio oficial un bono de deuda venezolana emitido en dólares; luego, dicho bono era vendido  internacionalmente a un inversionista, el cual lo compraba con un descuento – de allí que el monto resultante de la venta en dólares fuera inferior al valor nominal del bono-; esos dólares, adquiridos a un precio mayor que el oficial, eran depositados en una cuenta de la empresa en el exterior con los que se procedía a comprar los bienes que importaría, a fin de darle continuidad a su ciclo de negocios. Es decir: ese mecanismo de asignación de divisas generaba endeudamiento. Cada vez que el inventario de bonos transables estaba próximo a agotarse, el Gobierno debía aprobar nuevas emisiones de bonos que, simplemente, representaban nuevos compromisos de endeudamiento del país. Un mecanismo perverso: el país se venía endeudando para financiar el gasto corriente, no inversiones con retorno, de una economía ficticiamente recalentada. Todo, con la finalidad de crear esa sensación de falsa bonanza: una economía creciendo a cuenta de girar la manivela de la maquinita de fabricar bolívares, tantos que nos permitieran a los venezolanos sustentar tan fuerte demanda de bienes importados. Todos felices, gastando por encima de nuestras posibilidades, como los miembros de esa hipotética familia del párrafo inicial. Políticamente muy conveniente, pero, ¿hasta cuándo se podía mantener la ficción?   
Era evidente que el SITME no era un mecanismo serio y responsable de asignación de divisas, porque no era autosostenible. Fue una invención política, creada para seguir corriendo la arruga hasta que el escenario electoral transcurriera. Giordani lo sabía perfectamente, no me venga a decir que no, por eso, en cuanto se produjo el desenlace electoral buscado, ordenó a los bancos públicos, bajo su control, que no siguieran aportando los bonos de su inventario para seguir alimentando las subastas diarias. El monto de dólares asignados vía SITME se redujo drásticamente, con las consecuencias que ya estamos viendo: empresas que no consiguen dólares para continuar sus operaciones; una lechuga verde que casi se triplica en apenas siete meses; una escasez que se comienza a evidenciar incluso en productos fundamentales; inventarios de productos importados agotándose a toda mecha en un país cuya economía produce muy poco de lo que consume.
¿Hacía adónde nos dirigimos? Depende de la resolución de un dilema que confronta el alto gobierno y enfrenta a los más altos personeros con la responsabilidad de manejar las finanzas públicas.  Se puede leer entrelíneas. Giordani quiere reducir el recalentado ritmo de endeudamiento. La creación de un organismo superior para la optimización del sistema cambiario no es más que la sujeción de CADIVI a un rígido presupuesto de divisas respaldado en ingresos reales; que reparta la escasez de dólares, lo más equilibradamente posible, entre todos los sectores de la economía. Por supuesto que no habrá para todos. El año pasado gastamos el doble de lo que nos entró.  Esta opción conducirá a un necesario enfriamiento de la economía con cierre de empresas, sobre todo las que comercializan productos de “lujo”, cantidad de gente quedándose sin empleo, los venezolanos tomando consciencia de que nos hemos convertidos en pobretones de solemnidad –despídase la mayoría de los móviles inteligentes; las tablets; los televisores pantalla plana; los automóviles; los materiales “premium” para la construcción; etc., sólo los muy ricos tendrán acceso a ello-.  Aterrizaremos a nuestra realidad. Es la opción más seria y responsable, ubicados ya en la coyuntura PERDER-PERDER a la que nos han arrinconado, lo cual no exime a Giordani de su culpabilidad por el pésimo manejo de nuestras finanzas públicas.
Pero hay otros que quieren continuar la fiesta, Merentes y compañía, por eso hablan de una bolsa pública de valores. El problema es cuáles van a ser los valores que se van a negociar allí. Dudo que haya un sector privado con la confianza y el deseo de inyectar sus dólares en dicha mesa de cambio. La mayoría de los instrumentos financieros que se transarán allí tendrán un origen público. Para el Gobierno pudiera ser negocio sacrificar parte de las divisas asignables vía CADIVI y canjearlas allí a un más alto precio a fin de financiar su déficit, pero eso restringiría más la asignación para la importación de lo prioritario con el consecuente costo de una inflación más democratizada. Lo más tentador seguirá siendo recurrir a más endeudamiento, es decir: una variante disfrazada del mismo SITME. Pero eso tiene un límite, porque en el exterior están más claros que nosotros sobre la crónica vulnerabilidad de nuestra economía. Más endeudamiento implicará incremento del riesgo país, pagable a expensas de mayores descuentos y tasas de interés para los futuros bonos que se emitan, realmente, onerosas -buscando tentar a los inversionistas a asumir el riesgo de seguir financiando nuestra alocada fiesta-.
Ninguna salida será buena. Un mensaje final para algunos voceros de la Oposición: dejen de endilgarle la responsabilidad del paquetazo a Maduro. No sé si se dan cuenta, pero están eximiendo a Chávez de la paternidad de la crisis ante los ojos de muchos de sus seguidores -con sus carencias para una visión integral, más de uno estará pensando que si Chavez estuviera realmente al frente no se habría devaluado-. Casi que lo reivindican, en vez de intentar ser más pedagógicos en sus análisis.  Bien bueno que haya regresado. Ojalá esté en capacidad de comprender la magnífica magnitud del desastre que él mismo ha creado con su trasnochado y equivocado modelo del Socialismo del Siglo XXI. He allí la visión de origen que nos ha traído a este pavoroso fin de la fiesta.

viernes, 1 de febrero de 2013

Lo prometido es deuda: ¿Votaremos o no?


Elecciones Universitarias

(Segunda entrega)

Asdrúbal Romero M.

El 8 de febrero de 2012, la abogada Fabiana Cristina Morín López, actuando en representación de la Rectora de la UC, introdujo ante la Sala Constitucional del TSJ una solicitud de revisión de la sentencia dictada por la Sala Electoral, también de ese máximo tribunal, el 14 de diciembre de 2011 e identificada con el número 154. No sabemos si la actuación instruida a su apoderada la dio la Rectora con la autorización del Consejo Universitario –voy a evadir la discusión de si tendría carácter obligante, por lo menos: debería calificarse de altamente recomendable-.
La sentencia objeto de la revisión solicitada se refiere a la que suspendió las elecciones de representantes profesorales ante el Consejo Universitario y de representantes estudiantiles ante los diversos organismos de cogobierno, en respuesta a una solicitud de impugnación del Registro Electoral introducida por varios grupos que incluían a profesores: contratados; un ordinario con escalafón de titular y una jubilada, así como varios estudiantes, aduciendo la violación de lo establecido en el numeral 3 del Artículo 34 de la Ley Orgánica de Educación –el cual transcribimos en la entrega anterior-. Sin ánimo de entrar en los vericuetos argumentales de dicha sentencia, lo cierto es que la Sala Electoral sentenció como necesaria la actualización de la normativa electoral de la UC de conformidad a lo establecido en el precitado artículo de la LOE. Aún más: incluyó una exhortación que, por constituir motivo central de mi preocupación transcribiré a continuación: “esta Sala Electoral exhorta a que se constituya al Consejo Universitario de la Universidad de Carabobo en un lapso que no podrá exceder de quince (15) días hábiles de la Universidad, contados a partir de la notificación del presente fallo, para que ese órgano colegiado como máxima autoridad universitaria reforme y publique el Reglamento Electoral en un lapso de treinta (30) días hábiles contados desde la fecha de su constitución para tal fin, adecuándolo a lo preceptuado en el artículo 34 numeral 3 de la vigente Ley Orgánica de Educación, incluyendo a todos los integrantes de la comunidad universitaria y garantizándoles el derecho al sufragio en igualdad de condiciones y sin discriminaciones”.  
¿Un exhorto con lapsos incluidos? ¿Tendrá la razón la rectora cuando manifiesta -en declaraciones publicadas en el Carabobeño el domingo 27 de enero de este año-: “no está entre las facultades de la Sala Electoral obligar a los consejos universitarios, que son organismos colegiados, a elaborar un reglamento electoral. Por lo tanto sostenemos que hay extralimitación de funciones y atribuciones,…”? Yo quiero creer que sí, pero no se puede olvidar que el muy particular exhorto se produce en un muy bizarro momento de la historia de este lugar del mundo en el cual vivimos. Por otra parte, el desconocerlo conduce, por la vía de los hechos, a una ruptura del hilo democrático institucional. No sé, yo, siendo ella, me preocuparía y, por ello, despersonalizaría la toma de decisiones respecto a tan delicado asunto y abriría los espacios para una discusión más democrática.
Ahora bien, de que hubo una respuesta de la Sala Electoral a la UC es evidente que la hubo –en las  precitadas declaraciones de la Rectora se da la información contraria, supongo que error del entrevistador-, tanto es así que es la mismísima rectora quien instruye a su apoderada para que introduzca la solicitud de revisión a la Sala Constitucional y ésta, con ponencia del magistrado Francisco Antonio Carrasquero López, la declara que “NO HA LUGAR” el 25 de abril de 2012. En fecha posterior, el 2 de agosto, supongo que en conocimiento del anterior batazo, los mismos ciudadanos que impugnaron solicitan en Sala Electoral la ejecución forzosa de la sentencia N° 154. La decisión ya se produjo: “ORDENA notificar a la Rectora de la Universidad de Carabobo para que conteste dentro de los tres (3) días de despacho siguientes que conste en autos su notificación, la solicitud de ejecución forzosa” –es decir: ¿Por qué no se ha ejecutado nada con relación al exhorto?-. Tiene fecha del 13 de noviembre de 2012, la Rectora todavía no ha contestado. Debemos preguntarnos todos: ¿Hacia dónde conduce todo esto? La hábil maraña se ha venido tejiendo, creando las circunstancias favorables para, en el momento apropiado, poder arrancar la pobre autonomía que nos queda de un solo zarpazo. ¿Se justifica o no la preocupación e inquietud de un ex rector ociosamente pensante?

La Propuesta


No digo más. Paso a la propuesta que prometí. El desafío de cara al diseño de una propuesta que adecúe la conformación del Claustro Electoral a lo preceptuado en el numeral 3 del Artículo 34 de la LOE, es aportar una respuesta a la ambigüedad contenida en él cuando se señala: “y en igualdad de condiciones de los derechos políticos de los y las integrantes de la comunidad universitaria, profesores y profesoras, estudiantes, personal administrativo, personal obrero y, los egresados y egresadas de acuerdo al Reglamento”. El subrayado es mío, porque es allí donde reside la ambigüedad. ¿Debe entenderse la igualdad de los derechos políticos a nivel individual o de los colectivos que integran la comunidad? Como no tiene sentido lo primero -¿para que acudirían a votar los colectivos claramente minoritarios?-, se me ha ocurrido que podría aplicarse un procedimiento similar al que aprobamos, en mi período rectoral, a fin de dar plena participación en las elecciones de autoridades universitarias, incluyendo decanos, a todos los estudiantes de la Universidad. De allí emergió el concepto de claustro estudiantil virtual. Desgrano entonces la propuesta:
1.     El Claustro Electoral estaría conformado por cuatro claustros virtuales en representación, respectivamente, de profesores, trabajadores administrativos y obreros, estudiantes y egresados. En el caso de elecciones para autoridades rectorales, podría considerarse que cada uno de estos claustros estaría conformado por cien representantes virtuales. Para las elecciones decanales, podría considerarse un número inferior de representantes, a ser discutido. Con este criterio de conformación se estaría cumpliendo con la condición de igualdad de los derechos políticos de los colectivos y, en este sentido, la propuesta luce bastante blindada.
2.  Para elegir los representantes del Claustro Profesoral votarían todos los profesores ordinarios, tanto activos como jubilados, así como los profesores contratados que ya hubiesen ingresado a la nómina de la Universidad. Sería sano que en el caso de las elecciones decanales se excluyera a los docentes ya jubilados.
3.      Para elegir los representantes al Claustro de los Trabajadores Universitarios, votarían todos los miembros del personal administrativo y obrero que estuviesen en nómina, tanto activos como jubilados. De igual manera, se propone la exclusión de los jubilados para las elecciones decanales.
4.      Para elegir los representantes al Claustro Estudiantil, votarían, como actualmente lo hacen, todos los estudiantes activos.
5.      Para elegir los representantes al Claustro de los Egresados votarían todos los egresados. Pero a este respecto, propongo una variante, a fin de que para los correspondientes actos de votación se pueda predeterminar y listar quienes son los que tienen derecho a voto. Los egresados votantes deberán haberse inscrito en un registro electoral de los egresados. Previo a cada proceso electoral, se fijará un lapso dentro del cual se abrirá la inscripción en el registro electoral de los egresados en cada una de las facultades –tal cual como actualmente lo hace el CNE-. En las elecciones decanales participarán los egresados de esa facultad. Los profesores que sean también egresados no podrán inscribirse en este registro.
6.      Resuelto lo correspondiente a las elecciones de autoridades rectorales y decanos, faltaría por establecer criterios a nivel de los organismos de cogobierno. Se propone la ampliación de estos organismos para incorporar a un representante de los trabajadores universitarios. En el caso de las facultades y escuelas, para su elección votarían los miembros activos de ese personal que desempeñen funciones en el respectivo ámbito electoral. En las elecciones de Consejo Universitario, el representante de los trabajadores lo elegirían tanto activos como jubilados.
De seguro que faltan detalles que no se han considerado, pero los seis ítems anteriores conforman el núcleo de una propuesta que puede ser afinada, si es que, de una discusión verdaderamente democrática, ella es la que prospera.
En otro orden de ideas y para finalizar: en mi opinión, esa apertura en la conformación del claustro debería compensarse con unas condiciones más estrictas para la elegilibilidad de quienes aspiren a dirigir a la Universidad.  Nuestras máximas casas de estudio deben ser dirigidas por personas que hayan demostrado en su trayectoria poseer extraordinarias condiciones académicas y criterios claros y exteriorizados sobre la dirección de este tipo de instituciones. Ya basta de que nuestras universidades sean dirigidas por profesores que se destacan más por sus habilidades políticas que por su carrera académica. Ahora bien, como no es la hora para ponernos creativos a este respecto –los criterios de elegilibilidad ya están establecidos en la Ley de Universidades, en artículos que mantienen su plena vigencia al no colidir con el bendito numeral que he denominado “engendro de la discordia”-,  propongo que, al menos, se mantenga estricto apego a lo que establece la Ley. Así, para poder ser autoridad rectoral, el artículo 28 lo establece claramente: se debe ser DOCTOR. Ya basta de excepciones que se mantienen, injustificadamente, en el tiempo. Con respecto a los Decanos, sí lo dejaría abierto, considerando que el Artículo 64 exige “poseer título de doctor otorgado por una universidad del país”, con lo cual, equivocadamente, la Ley asienta una odiosa discriminación con quienes han forjado su temple académico obteniendo doctorados en prestigiosas universidades internacionales. Por ello, y sólo por ello, remitiría este asunto a una justa y actualizada reglamentación del Parágrafo Unico de ese artículo.
Hay suficiente para discutir, comencemos de una vez por todas, lo otro es lanzarnos por un barranco de progresiva ilegitimidad y ausencia de democracia. Ya lo dije: opto por una democracia impuesta e indeseada frente a ser cómplice por omisión de una ruptura de nuestra tradición democrática.