El 10, el 10,…, el 10
Asdrúbal Romero M.
Supongamos,
sólo por un momento: que Capriles hubiese ganado el 7 de octubre; que, sorprendentemente,
se estuviese produciendo un idóneo proceso de transición democrático con las
debidas comisiones de enlace, nosotros muy felices y, repentinamente, el
Presidente Electo a punto de ser juramentado –ya es ocho de enero- se ve
aquejado por una fuerte enfermedad que le obliga a guardar reposo absoluto por
varios días. Me pregunto: ¿Su ausencia el día diez se podría interpretar como
una ausencia absoluta de la que se derivaría una transición con un nuevo
proceso electoral por la Presidencia a los treinta días? Les invito a que
realicen este sencillo ejercicio mental que algún matemático calificaría de “reducción
al absurdo”, seguro estoy que en la mayoría de ustedes la respuesta producida
será un Enfático NO. Una demostración de que la fecha establecida por la Constitución,
como la deseable para la juramentación del Presidente electo que inicia un
nuevo período presidencial, no puede tener ese carácter de rigidez al cual
aferrarnos para declarar una ausencia absoluta. Debe resultar obvio que tal
fecha puede ser movida si sobrevienen causas de fuerza mayor que lo
justifiquen.
¿Por qué
entonces algunas voces identificables con la Oposición parecieran aferrarse a
tan ilógica proposición de una declaratoria de ausencia absoluta del Presidente
a cuenta de que al parecer, probablemente, Chávez no estará en condición de
venir al país para juramentarse como nuevo presidente el 10 de enero? Hecho
éste que Diosdado Cabello, muy bien asesorado, aprovecha para tratar de
endilgarle a toda la Oposición tan descabellado argumento que él combate tal
cual fueran los gigantescos molinos del Don Quijote. Muy probablemente, esas
personas están pensando en la condición de salud de Chávez y no alcanzan, en su
razonamiento, a separar el precepto constitucional que establece el diez de enero
como fecha de juramentación del contexto actual que también raya en lo absurdo.
¿Por qué? Porque estamos hablando de un presidente en ejercicio –cuestión que
también complica el análisis lógico de la situación- que hace más de un año se
reconoció como enfermo de cáncer. Que tal condición ha generado reiteradas
ausencias del país, que ante los ojos de cualquiera que quisiera ser
medianamente objetivo tendrían que iluminar una duda sobre su capacidad para
seguir dirigiendo al país. Desapariciones y apariciones cíclicas que contribuyen
cada vez más a consolidar esa sospecha de que un terrible mal aqueja al Presidente
y le ha ido minando su posibilidad de continuar siéndolo. A muy escasos días de
ser reelecto, se ausenta, en pleno inicio del proceso para elegir los
gobernadores y asambleas legislativas estadales. Quien haya conocido a Chávez
no le puede negar su condición de bregador electoral, por lo que no puede extrañar
que muchos pensáramos: así de mal estará Chávez que ni siquiera puede hacerse
presente en apoyo a sus candidatos. Otros siguen pensando –los menos-: su ausencia
es parte del show de aprovechamiento electoral de la lástima. Pues bien, el 16D
transcurrió, el Oficialismo triunfó y la ausencia es total, ni siquiera un
mensajito de felicitación a sus victoriosos candidatos ha podido grabar.
Algunos comienzan a especular si ya no estará muerto. ¿Hasta cuándo se
mantendrá al país en este siniestro escenario de incertidumbre?
A pesar de
toda la sospecha que podamos abrigar sobre la salud del Presidente, el problema
no puede ser la fecha de juramentación. Insisto esa fecha puede ser movida,
pero para hacerlo se necesita una justificación. He aquí donde reside el
verdadero problema. La Oposición debe centrar todo su esfuerzo en solicitar un
justificativo por la vía de una comisión médica, cuya autoridad profesional e
independencia política le brinde confianza al país. Ya es hora de que todos los
venezolanos sepamos a qué atenernos en lo que respecta a la salud del Presidente
y si él estará en condiciones o no de asumir la Presidencia. Ante esta
solicitud muy lógica, ningún argumento se puede contraponer. Es posible que el
Oficialismo termine haciendo lo que ellos decidan, sigue teniendo a todas las
Instituciones rodilla en tierra ante este sainete de irresponsabilidad, pero,
al menos, la Oposición habrá asumido ante el país y el mundo una exigencia
lógica, clara e irrebatible. No se puede asumir el riesgo de que nuestra
posición ante la ausencia presidencial se diluya y sea descalificada por
insistir en la inamovilidad de una fecha como recurso desesperado para salir
del Presidente. Esto último estará muy lejos de generar consenso en el país,
pero lo otro sí: Exigir la verdad. En la Asamblea Nacional se debe trabajar
para conseguir la designación por unanimidad de una Comisión Médica. El
Oficialismo no puede seguir pretendiendo ad infinitum tapar el sol con un dedo,
es cuestión de no desesperarnos amparados en una sólida posición argumental.
Interesantes, como siempre tus comentarios. Sin embargo yo creo que lo que le molesta a mucha gente es la forma en que se agarran de cualquier cosa para interpretar la Constitución a su antojo. El artículo 231 que paso a citar es muy claro "Artículo 231. El candidato elegido o candidata elegida tomará posesión del cargo de Presidente o Presidenta de la República el diez de enero del primer año de su período constitucional, mediante juramento ante la Asamblea Nacional. Si por cualquier motivo sobrevenido el Presidente o Presidenta de la República no pudiese tomar posesión ante la Asamblea Nacional, lo hará ante el Tribunal Supremo de Justicia." Lo único que cambia es ante quien se juramenta el Presidente electo, no hay posibilidad para cambio de fecha, al menos yo no la veo. Da entonces mucho coraje que al cambiar la institución ante quien se juramenta el presidente, cambien también la fecha. Podrían hacer algo menos grosero que sería lo siguiente: trasladan al TSJ a la Habana y allí juramentan al Presidente electo el 10 de Enero (salvo reserva de que el TSJ pueda reunirse fuera de Venezuela). Una vez juramentado el presidente electo, pasa a ser presidente en ejercicio y entonces podría tener derecho a dos faltas temporales consecutivas cada una de 90 días. Estarían embromando igual a Venezuela pero al menos no lo habrían hecho con tanta grosería y vestidos de un manto aparentemente legal. Por supuesto, el problema está en que, como tu lo señalas, no tienen ningún interés en que nadie, ni siquiera los miembros del TSJ, pueda constatar el estado de la salud del Presidente. Gustavo Guevara I.
ResponderEliminarAsdrubal felicitaciones,tu pluma está cada vez mejor,comparto tu punto de vista, todo lo dicho por " los fulanos juristas del oficialismo"carece de fundamento, en el proceso de formacion de la ley hay que conocer cuál fué la intención del legislador, tal información aparece en el DIARIO DE DEBATES, sin interpretacion de ninguna naturaleza reza:........ se juramentará ante la Asamblea Nacional.......ante el TSJ... EL MISMO DIA, los del oficialismo lean y no confundan Granaino
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